Instalar un cargador para autos eléctricos en la cochera de un edificio obliga a resolver tres cosas: la reglamentación técnica de la AEA, la decisión del consorcio y la potencia disponible del edificio.
Qué se necesita para instalar un cargador en un edificio
La instalación tiene que cumplir la reglamentación AEA 90364-7-722 (Suministro a vehículos eléctricos, edición 2024) y la normativa de cada jurisdicción. Como en general se interviene sobre partes comunes, como el tablero general y las montantes, hace falta una decisión del consorcio. El proyecto conviene encargarlo a un profesional matriculado, con un estudio de la potencia disponible. La clave técnica es la gestión de carga, que permite sumar cargadores sin dimensionar la instalación como si todos cargaran a pleno al mismo tiempo.
Por qué el tema crece ahora
- Más electrificados: según datos de ACARA, en septiembre de 2026 casi uno de cada cinco autos y comerciales livianos patentados fue híbrido o eléctrico. Clarín informó 9.187 electrificados (8.322 híbridos y 865 eléctricos puros), el 19,7% del mercado.
- Crecimiento acumulado: entre enero y septiembre se patentaron 6.033 eléctricos puros (+776,9% interanual) y 60.129 híbridos (+246,6%), según la misma fuente.
- Los enchufables también cargan: los híbridos enchufables (PHEV) necesitan un punto de carga, igual que los eléctricos puros.
- Cupo 2027: el Gobierno anunció un cupo de 50.000 vehículos sin arancel, con topes FOB de USD 16.000 para microhíbridos, USD 18.000 para híbridos y USD 35.000 para eléctricos puros. Según Infobae, al 15 de octubre de 2026 la licitación todavía no se había publicado.
Más autos enchufables en la calle son más cocheras que van a necesitar un punto de carga.
Lo técnico: qué pide la AEA 90364-7-722
La reglamentación fija reglas particulares para los circuitos que alimentan vehículos eléctricos. Entre otras:
- Circuito exclusivo: cada punto de conexión se alimenta con su propio circuito final, con su protección contra sobrecorrientes.
- Diferencial individual: cada punto de conexión de corriente alterna lleva su propio interruptor diferencial, de 30 mA como máximo y al menos tipo A.
- Fugas en corriente continua: si el equipo de carga no trae esa protección, hace falta un diferencial tipo B, o un tipo A o F junto con un dispositivo detector de corriente continua residual (RDC-DD).
- Conductor de protección: cada toma tiene contacto de tierra conectado al conductor de protección (PE). En esquemas TN, el circuito que alimenta el punto de conexión no puede incluir un conductor PEN.
- Dimensionamiento: el circuito se calcula con la corriente máxima configurada en el cargador y simultaneidad 1, es decir, como si todos cargaran a pleno. En el circuito de distribución se puede aplicar un factor menor solo si hay un control de carga.
- Verificación: además de lo nuevo, hay que verificar la parte de la instalación existente que se ve afectada.
Es una síntesis. El proyecto lo define un profesional matriculado con la reglamentación completa y los requisitos de cada jurisdicción.
Lo legal: el consorcio decide
Aunque la cochera sea propia, el circuito suele pasar por el tablero general, las montantes o espacios comunes. Las mejoras y obras nuevas sobre partes comunes las regula el Código Civil y Comercial (arts. 2051 y 2052), que fija qué mayorías se necesitan según el tipo de obra. Cómo se aplica en cada edificio depende del caso: conviene consultarlo con la administración y con un asesor legal antes de instalar.
Una alternativa que puede evaluar el consorcio es aprobar una infraestructura común preparada (montante, tablero seccional y gestión de carga) a la que después cada propietario conecta su cargador. Así se ordena la instalación y se evita una sucesión de obras individuales.
La potencia: el límite físico del edificio
Un cargador de pared de 7 kW, mientras carga, demanda tanta potencia como varios equipos de aire acondicionado domésticos funcionando a la vez. Diez cocheras cargando al mismo tiempo en una noche de verano pueden superar la reserva del tablero general. Estas son las herramientas para evitarlo:
Gestión de carga
Reparte la potencia disponible entre los autos conectados y puede reducirla cuando sube el consumo del edificio. Es lo que permite sumar cargadores sin ampliar la acometida en cada paso.
Carga programada
Concentra la carga en la madrugada, cuando la demanda del edificio es menor.
Medición individual
Permite asignar el costo de la energía a cada usuario y evita conflictos en las expensas.
Ampliación de potencia
Si el estudio previo lo indica, se gestiona con la distribuidora local antes de sumar cargadores.
Preguntas frecuentes
¿Puedo instalar un cargador en mi cochera sin pasar por el consorcio?
Si la instalación toca el tablero general, las montantes o espacios comunes, interviene partes comunes del edificio, y eso pasa por el consorcio. Consultalo primero con la administración.
¿Qué norma técnica se aplica en Argentina?
La reglamentación AEA 90364-7-722, Suministro a vehículos eléctricos (edición 2024, vigente desde el 1 de agosto de 2024), junto con la normativa de cada jurisdicción.
¿Quién paga la instalación?
Depende de lo que resuelva el consorcio y de si se trata de una instalación individual o de una infraestructura común. Conviene dejarlo por escrito y consultarlo con un asesor legal.
¿Un auto híbrido necesita cargador?
Solo los híbridos enchufables (PHEV). Los híbridos convencionales y los microhíbridos se recargan solos mientras andan.
La electromovilidad, en EFEN 2027
La electromovilidad es uno de los rubros de la Expo Eficiencia Energética 2027, que se hace el 10 y 11 de noviembre de 2027 en el Centro de Convenciones de Córdoba, junto a Expo Solar. El ingreso es sin cargo, con registro previo y exclusivo para profesionales del sector. Si tu empresa fabrica, importa o instala cargadores, protecciones o sistemas de gestión de energía, reservá tu stand.
Fuentes
- Clarín, 05/10/2026: patentamientos de septiembre y acumulados del año (datos de ACARA).
- Infobae, 06/10/2026: participación de la electromovilidad en septiembre (datos de ACARA).
- Infobae, 15/10/2026: topes FOB y estado de la licitación del cupo 2027.
- AEA 90364-7-722, Vehículos eléctricos, edición 2024: ficha de la reglamentación en el sitio de la AEA.
- Código Civil y Comercial, arts. 2037 a 2072: propiedad horizontal, mejoras y obras nuevas.